Luces y sombras respecto de políticas públicas fracasadas.

Probablemente la gran mayoría de los lectores no se acuerde de lo que estoy
escribiendo, pero en el año 2005 y posteriormente en el año 2007, nuestros
legisladores celebraban el hecho de que se hubiere promulgado y después que hubiese
entrado en vigencia la Ley N.º 20.084, denominada Ley de Responsabilidad Penal Adolescente o
comúnmente conocida con las siglas LRPA.

En efecto, este cuerpo legislativo, introdujo por primera vez en nuestro
ordenamiento jurídico un modelo de responsabilidad penal juvenil propiamente tal, de acuerdo a
las directrices internacionales y a los mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos
del Niño (CDN) y terminó por sepultar el cuestionado modelo tutelar imperante en nuestro país
que permitió groseras violaciones a las garantías constitucionales de los niños,
niñas y adolescentes que se veían envueltos en la comisión de un delito.

Dentro de los objetivos que tenía en cuenta el mensaje presidencial presentado por don Ricardo
Lagos Escobar en el año 2002, cuando se inició la tramitación legislativa de la LRPA, se señalaba
que dicho proyecto de ley tenía por objetivo reformar radicalmente la respuesta del Estado ante
los actos que revisten carácter de crimen o simple delito cuando sean cometidos por personas
menores de dieciocho años e introducir por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico un
sistema de responsabilidad penal exclusivo para los adolescentes mayores de catorce y menores
de dieciocho años y que respetara las disposiciones de la Constitución Política de la República y la
CDN.

Además, el proyecto de ley señalaba que buscaba implementar un sistema penal que otorgara
resultados efectivos tanto en el ámbito de la protección de los derechos de los imputados como
en el ámbito de la política criminal, puesto que la legislación de la época no era capaz de controlar
la expansión de la delincuencia juvenil que afectaba a nuestra sociedad y que a su
vez favorecía su criminalización.

Por último, el proyecto de ley señalaba que buscaba combinar un sistema que responsabilizara a
los adolescentes por sus actos delictivos, a través de una amplia gama de sanciones adecuadas y
proporcionales a los hechos cometidos y que se adecuara a los avances del derecho, y que
existiera un sistema de justicia especializado en todas las fases del procedimiento penal y durante
el control de ejecución de la sanción, de modo tal de poder asegurar la capacidad e idoneidad de
los intervinientes del sistema de responsabilidad penal adolescente.

Desde la entrada en vigencia de la LRPA, ya han pasado quince años, y remitiéndonos a las estadísticas,
todas las instituciones vinculadas con el sistema de justicia penal juvenil, concuerdan que las causas penales que involucran imputados adolescentes han disminuido considerablemente con los años.

Entonces la pregunta que uno puede hacer es ¿Por qué si las causas penales de imputados
adolescentes han disminuido en estos quince años, se sigue manteniendo un alto nivel de
participación delictual de adolescentes en delitos de mayor connotación social?

La respuesta a esa pregunta involucra la consideración de diversos aspectos criminológicos,
sociológicos, jurídicos, económicos y ambientales, pero también encierra un aspecto poco
considerado que son las políticas públicas relativas a la infancia en conflicto con la
ley penal.

Hace un par de semanas, diversas autoridades celebraban con bombos y platillos la estocada final
al temido y vilipendiado Servicio Nacional de Menores (SENAME) y como por fin se acababa la
institucionalidad macabra de este servicio público, pero lo cierto es que haciendo un poco
de historia, y que bien le vendría a nuestro legisladores leer algunos libros
de historia de vez en cuando, el SENAME no tiene la culpa de todos los males
que nuestra sociedad le achaca, sino que al contrario el SENAME nace en el año 1979 como un
servicio público destinado a solucionar de manera efectiva los problemas que caracterizaban al
Consejo Nacional de Menores, y de esta manera poder incrementar la acción estatal destinada al
cuidado y protección de los niños, niñas y adolescentes que requerían de ayuda estatal.

El verdadero problema del SENAME, nunca fue su institucionalidad, ni sus funciones ni tampoco el hecho que atendiera en conjunto a dos grupos de población objetiva (infancia vulnerada en sus derechos e infancia en conflicto con la ley penal), sino que el verdadero problema del SENAME fue que durante sus mas de cuatro décadas de existencia, nunca dejó de ser una caja pagadora de las entidades colaboradoras que cumplían las funciones delegadas, y cada gobierno que pasó durante las últimas cuadro décadas, siguió manteniendo un sistema estatal de subvenciones y licitaciones de funciones y el SENAME terminó siendo una gran bolsa de empleo para el gobierno de turno y nunca terminó concretando una efectiva acción estatal destinada al cuidado y protección de los
niños, niñas y adolescentes que requerían de ayuda estatal.

Para terminar, me gustaría recordar que por medio de la promulgación de la Ley
N.º 16.520 en el año 1966, encontramos unos de los primeros antecedentes jurídicos en nuestro
país relativos a la unificación de funciones estatales relativos a la infancia en una misma institución
pública, esto es, por un lado la función sancionatoria resocializadora en contra de los niños, niñas y
adolescentes acusados de haber cometido un delito, y por otro lado la función de protección y
ayuda a favor de los niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos.

Resulta paradójico a nuestro entender que cuatro décadas después de la promulgación de este
cuerpo normativo, celebrado en su época, diversos actores institucionales comenzaron a reclamar
por el tratamiento unitario de la infancia en un mismo servicio del Estado.

Espero solamente que en veinte o cuarenta años más no estemos de vuelta hablando sobre la
unificación de servicios estatales relacionados con la infancia y que de una buena vez el Estado, a
través de los gobiernos de turno, implemente políticas públicas tendientes a la
reinserción y rehabilitación de los adolescentes infractores de la ley penal en vez de seguir
creando puestos de empleos para sus simpatizantes políticos.