La Corporación Nacional del Cobre (Codelco) y la Sociedad Química y
Minera de Chile S.A (SQM) suscribieron un Acuerdo de Asociación
que establece los derechos y obligaciones de la asociación público –
privada para la producción de litio en el Salar de Atacama desde el
año 2025 hasta el año 2060.

La asociación, está conformada por Codelco, a través de su filial
Minera Tarar y SQM, a través de SQM Salar. Empezará a operar una
vez que se cumplan todas las exigencias legales, ambientales y
técnicas que consulta el Acuerdo de Asociación.
El Presidente del Directorio de la cuprífera estatal, Máximo Pacheco,
señaló: “Codelco, sus trabajadores, sus ejecutivos y sus directores,
recibimos con profundo orgullo esta nueva responsabilidad que nos
entrega su accionista, el Estado de Chile. Así como hemos contribuido
a hacer de Chile líder mundial en la producción de cobre,
contribuiremos ahora para que nuestro país sea líder en la producción
de litio, otro mineral crítico para la transición energética que permite
combatir la emergencia climática. Lo haremos como socios de SQM,
una empresa chilena que dispone de la escala, la experiencia técnica
y humana, los recursos financieros y la red de comercialización que
necesitamos para no dejar pasar las oportunidades que hoy se nos
ofrecen”
Pacheco señaló además que “Codelco contribuye a esta asociación
con toda su experiencia empresarial, talento y expertise en el
desarrollo minero y su valioso prestigio internacional. Aún quedan
varios hitos por cumplir antes de que esta alianza se ponga en
operaciones, pero desde ya agradezco y felicito al enorme equipo
humano de Codelco, que en tiempo récord y contra muchos
pronósticos pesimistas, logró dar forma a una asociación inédita para
Chile, tanto por su naturaleza como por la magnitud de los recursos
involucrados”.
PRODUCCIÓN
El acuerdo indica que se aspira lograr una producción adicional total
para el periodo 2025-2030 de 300 mil toneladas de Carbonato de Litio
equivalente (LCE), mientras que para el periodo 2031 al 2060 se
define una producción de litio de 280 a 300 mil toneladas anuales de
LCE. Dicho aumento de producción de litio se realizará mediante
mejoras en la eficiencia del proceso, la adopción de nuevas
tecnologías y la optimización de las operaciones. Este aumento no
implicará una mayor extracción de salmuera ni un incremento en el
uso de agua continental.
“Los proyectos que vamos a desarrollar con Codelco van a ser
extraordinariamente positivos para Chile, para la región de
Antofagasta, para las comunidades, para los trabajadores y para
ambas compañías. Esta asociación es una prueba de confianza
en nuestros más de 25 años de experiencia en la producción de litio
desde el Salar de Atacama y su refinamiento en la planta química de
Antofagasta, en nuestra eficiencia operativa y en las sinergias
empresariales. Nos llena de orgullo que con este proyecto conjunto
estamos dando pasos significativos en las asociaciones público-
privadas en Chile. La asociación dispondrá del 100% de nuestra
infraestructura y plantas, incluido el centro de refinamiento de
productos de litio más grande del mundo ubicado en Antofagasta.
Estamos comprometidos con el cumplimiento de los altos estándares
ambientales y a un continuo proceso de diálogo con las comunidades
atacameñas, para cuidar el ecosistema del salar. Con la asociación
Codelco – SQM, por distintas vías, Chile recibirá 85% del margen
operacional a partir de 2031”, expresó Ricardo Ramos, gerente
general de SQM.
PRINCIPIOS DE ASOCIACIÓN
En línea con lo establecido en el Memorándum de Entendimiento
firmado el 27 de diciembre de 2023, el Acuerdo de Asociación firmado
establece que:
1.- La asociación se implementará a través de una sociedad conjunta
en la que Codelco será titular del 50% de las acciones más una.
2.-Se asegura la continuidad operacional y el respeto del contrato de
arriendo que tiene SQM hasta 2030, garantizando el cumplimiento de
los acuerdos vigentes con las comunidades y otras organizaciones
sociales.
3.-Se espera que la asociación comience a operar durante 2025, una
vez cumplidas las condiciones previas. Entre éstas se cuentan el
proceso de consulta indígena liderado por Corfo y cumplir con todos
los procesos y permisos para la operación, tales como: la autorización
de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, la toma de razón por parte
de la Contraloría General de la República, y distintas aprobaciones de
libre competencia por parte de la Fiscalía Nacional Económica y de
otros organismos en el extranjero.
4.- La sociedad tendrá dos periodos de funcionamiento:
5.- Primer período, desde la fecha efectiva de la asociación hasta el 31
de diciembre de 2030, donde SQM estará a cargo de la administración
general.
6.-Segundo período, desde el 1 de enero de 2031 hasta el 31 de
diciembre de 2060, donde será Codelco quien esté a cargo de la
administración general de la sociedad.
7.- La asociación tendrá la tarea de diseñar y desarrollar un nuevo
proyecto productivo, que incorporará nuevas tecnologías para junto
con tender a un equilibrio hídrico, incrementar la recuperación del litio
con los más altos estándares ambientales.
Entre las materias más relevantes que abordan los 20 artículos del
Acuerdo de Asociación se encuentran:
Asociación: regula en detalle los activos que serán parte del negocio y
de la asociación, la reorganización de SQM Salar para que pase a ser
la sociedad conjunta, los contratos CORFO-Tarar, la consulta indígena
de dichos contratos, la modificación de los contratos CORFO-SQM, el
procedimiento ante la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN),
entre otros aspectos.
Fusión entre SQM Salar y Tarar: regula las actuaciones corporativas
de SQM Salar y Minera Tarar para la fusión entre ambas entidades,
subsistiendo SQM Salar como la sociedad conjunta, con un nombre
por definir.
Activos Salar de Maricunga y propiedad intelectual: regulación de la
transferencia de SQM a Codelco de los activos de SQM en el Salar de
Maricunga, y el otorgamiento de licencias de propiedad intelectual de
SQM en favor de Codelco y la sociedad.
Terminación: regulación del término del Acuerdo de Asociación en
caso de que no se cumplan las condiciones previas.
Indemnidad: regulación de la indemnización en caso de
incumplimiento de las obligaciones del acuerdo o inexactitud de las
declaraciones y garantías.
Respecto al gobierno corporativo de la asociación, se establece que
entre 2025 y 2030 el directorio de la sociedad estará compuesto por 6
miembros y cada parte designará la mitad de ellos. El presidente será
designado por Codelco mientras que el vicepresidente será designado
por SQM. En tanto, SQM tendrá la mayoría de los votos en las juntas
de accionistas, la gestión del negocio y derechos para mantener la
consolidación de los resultados de la sociedad conjunta. A partir de
2031 el directorio estará compuesto por 7 miembros, donde Codelco
tendrá la mayoría. Sus integrantes no podrán haber sido directores de
Codelco o SQM S.A por más de diez años, sean continuos o
discontinuos.
En la junta de accionistas la estatal tendrá la mayoría de los votos y
respecto a los resultados, se consolidarán en Codelco.
En términos económicos, es importante destacar que, durante la vida
de la asociación, el Estado de Chile, a través de Codelco, Corfo y el
Fisco, recibirá aproximadamente 70% del margen operacional que
genere la nueva producción entre 2025 y 2030. En tanto, a partir del 1
de enero de 2031, el Estado de Chile recibirá 85% del margen
operacional, a través de pagos a Corfo, impuestos y las utilidades que
reciba Codelco en su calidad de accionista.
Actualmente ambas empresas continúan con el proceso de diálogo
con las comunidades del Salar de Atacama con el objetivo de alcanzar
su participación en todas las materias de interés común sobre las
actividades productivas de la sociedad conjunta, en especial en
materia socioambientales, en línea con el Convenio 169 sobre Pueblos
Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT). Este proceso de diálogo se extenderá más allá de la firma de
este acuerdo con el propósito de llegar a consensos en materias de
desarrollo humano, socioambientales y de gobernanza.
PROYECTO 2031-2060
Para la producción del periodo 2031-2060, el acuerdo establece que
las empresas ingresarán el proyecto al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental, contemplando una consulta indígena respecto de
los impactos ambientales susceptibles de afectar directamente a los
pueblos indígenas.
Este proyecto considera el uso de nuevas tecnologías en la
explotación del Salar de Atacama que permitirán tender a un equilibrio
hídrico e incrementar la recuperación del litio con los más altos
estándares ambientales, para lo cual se considera la evaporación
mecánica de soluciones con captura del agua y procesos de filtración
que permiten separar las soluciones en flujos con
mayor y menor concentración de ciertos elementos. Las nuevas
tecnologías que se incorporarán también permitirán minimizar y
posiblemente eliminar el consumo de agua de pozos y reinyectar al
Salar de Atacama una gran parte de las soluciones extraídas.
En caso de finalizar la consulta indígena y obtener favorablemente la
Resolución de Calificación Ambiental (RCA), el proyecto debiera
empezar a ejecutarse antes del término de la presente década,
asegurando una producción sin interrupciones y que se extienda hasta
el año 2060.