En su obra “L´Esprit des Lois” Montesquieu señala: “el pueblo que tiene la
soberana potencia debe hacer por sí mismo todo lo que puede hacer bien; y lo
que no puede hacer bien, es preciso que él lo haga por sus ministros” . Es una
de las primeras formulaciones del principio de subsidiaridad. También
desarrollan este concepto Alexis de Tocqueville y otros pensadores del
catolicismo social del siglo XlX. Luego se refiere a él, la Encíclica Rerum
Novarum hasta que Pio Xl en la Encíclica Cuadragésimo Anno señala:
“Como no se puede quitar a los individuos y darlo a la comunidad lo que ellos
pueden realizar con su propio esfuerzo e industria, así tampoco es justo,
constituyendo un grave perjuicio y perturbación del recto orden, quitar a las
comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y
dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad,
por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo
social, pero no destruirlos y absorberlos”.

El principio de subsidiaridad ha influido en el desarrollo de la democracia
occidental. Fue incorporado en el Tratado que da origen a la Unión
Europea (artículos 5, 7 de febrero de 1992). En Chile y a propósito del
fallido primer proceso constitucional, diversos sectores, pero
principalmente partidarios del Frente Amplio, desarrollaron una intensa
campaña destinada a desacreditar el principio de subsidiaridad
oponiéndolo al concepto de Estado Social y Democrático de Derechos.
Según esos sectores, la actual Constitución está inspirada en el principio
de Estado Subsidiario. Según ellos, este concepto representa el
pensamiento del fundador de la UDI (único senador chileno asesinado en
democracia), Jaime Guzmán, y el ideario político del Gobierno Militar.
Aún más, señalan que es la subsidiariedad del Estado la que hizo posible
la consolidación del modelo neoliberal, gran responsable del “estallido

social” ocurrido en Chile el 9 de octubre del 2019. Este discurso fracaso,
junto al fracaso de la Convención Constituyente, cuyo proyecto de nueva
Constitución fue rechazada por el 62 % de los votantes, el 4 de
septiembre del año pasado.

Creemos que quienes atacan al principio de subsidiaridad olvidan que es
de la esencia de la democracia que el Estado esté al servicio de la
persona y no la persona al servicio del Estado. Seamos claros, el único
sujeto – y en cuanto tal, principio y fin tanto de la política como de la
democracia – es la persona, en ningún caso el Estado (o el mercado).

El Estado, en cambio, es una Institución que forma parte de la sociedad
política y en este sentido, es un medio o causa instrumental cuya tarea
consiste en ser rector del bien común, para que cada persona alcance su
pleno desarrollo, garantizando siempre el respeto a su dignidad
inviolable. Como lo escribiera, el filósofo cristiano Jacques Maritain, en su
obra “El Hombre y el Estado”, “el Estado es aquella parte de la sociedad
política cuyo objeto propio consiste en mantener la ley, promover la prosperidad
común y el orden público, y administrar los asuntos públicos”. Señalemos
finalmente, que el principio de subsidiaridad no solo es una función del
Estado, sino un principio constitutivo del mismo, principio que permite
afirmar que la persona y sus derechos fundamentales son anteriores y
superiores al Estado. De lo contrario, dichos derechos no
serían inalienables como lo establece la  “Declaración Universal de los
DD.HH., ONU, 1948”.