El Subsidio de Arriendo es un aporte temporal que entrega el estado a familias que pueden realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda.
Las familias beneficiadas reciben un subsidio total de 170 UF, el que se entrega de manera mensual con un tope y podrá ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada. De esta forma, las familias deben solventar mensualmente una parte del valor del arriendo de la vivienda, porque la otra es pagada con el subsidio obtenido.
El Subsidio de Arriendo es flexible, ya que permite el cambio de vivienda a cualquier región del país y postular a un subsidio para comprar una vivienda*.
*Pueden postular de manera simultánea al Subsidio de Clase Media DS1. En el caso del Fondo Solidario DS49, pueden postular siendo beneficiarios del Subsidio de Arriendo Regular.• Tener mínimo 18 años de edad
• Contar con cédula nacional de identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar cédula de identidad para extranjeros vigente
• Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, no necesitan contar con núcleo familiar
• Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%, se permitirá una postulación por RSH en cada llamado.